Transcribo del diario El País.
"El Constitucional se inclina por avalar la ley integral de Violencia de Género
El Tribunal apoyaría que los hombres tengan castigos más duros por agredir a las mujeres - Hoy votará la primera de las 180 cuestiones de inconstitucionalidad
JULIO M. LÁZARO - Madrid - 15/04/2008
El Pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto votar hoy la primera de las cuestiones de inconstitucionalidad sobre la redacción que la ley integral de Violencia de Género dio al artículo 153.1 del Código Penal, que marcaría la doctrina a seguir en las alrededor de 180 consultas de este tipo elevadas al alto tribunal por magistrados y jueces de toda España. En dichas cuestiones se pide al Constitucional que se pronuncie sobre el agravamiento penal para los hombres establecido en la Ley Integral contra la Violencia de Género, aunque el trasfondo de la resolución no es otro que la mayor sanción penal de la violencia machista.
El Tribunal cree que la agresión del varón es más frecuente y reprobable Según fuentes del Constitucional, el Tribunal se inclina mayoritariamente por la constitucionalidad de la ley, aunque habrá que esperar al pleno de hoy para ver si finalmente se adopta una resolución, ya que es la segunda vez que se delibera la cuestión y en la ocasión anterior se encomendó al ponente, Pascual Sala, la reelaboración de la ponencia.
Frente a la posibilidad de hacer una sentencia interpretativa, el Tribunal se inclina por desestimar la cuestión por entender que el acento debe ponerse en el mayor desvalor que supone la conducta del hombre que maltrata a su pareja. El distinto tratamiento penal se justificaría no en una discriminación positiva porque la mujer sea especialmente vulnerable, sino porque el desvalor de la conducta del maltratador es más reprobable y además es más frecuente.
El Tribunal tiene pendiente de resolver alrededor de 180 cuestiones de inconstitucionalidad contra los artículos 171.4, 153.1, 172.2 y 57. 2 del Código Penal, en la redacción dada a estos artículos por la ley integral de Violencia de Género. La que se ve hoy, en concreto, es la primera de las interpuestas, por una juez de lo penal de Murcia. También tiene que pronunciarse sobre las medidas previstas en el artículo 57.2 y relativas a la prohibición de residencia, medidas de alejamiento, prohibición de comunicarse con la víctima y posibilidad de control electrónico introducidas con anterioridad a la ley de Violencia de Género socialista por el ministro del PP José María Michavila.
El artículo 153.1 del Código Penal castiga al que cause "menoscabo psíquico", o una "lesión no definida como delito" o "golpee o maltrate de obra sin causar lesión", y la ofendida sea o haya sido esposa o mujer que esté o haya estado ligada al maltratador por relación de afectividad aun sin convivencia, o una persona especialmente vulnerable que conviva con él. Las penas a imponer son de prisión de seis meses a un año o trabajos en beneficios de la comunidad de 31 a 80 días y, en todo caso, privación de portar armas de uno a tres años, y cuando el juez lo estime adecuado, la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, guarda, etcétera hasta cinco años.
Esas mismas penas se imponen por "amenazas leves" (artículo 171.4) y a quien "de modo leve coaccione" (artículo 172.2) a la esposa, o a la mujer con quien haya convivido el autor de las amenazas o coacciones.
La primera cuestión de inconstitucionalidad sobre la que está previsto debatir hoy fue presentada por la juez de Murcia María Poza en el verano de 2005. En síntesis, la consulta de esta magistrada pedía al Tribunal que se pronunciase sobre si el mayor castigo al hombre que a la mujer que maltrata a su pareja viola el principio constitucional de igualdad ante la ley.
La decisión del Constitucional tiene paralizados numerosos procedimientos y la totalidad de los que están pendientes desde que se produjo la reforma de la ley orgánica del Tribunal Constitucional de mayo de 2007, puesto que ésta así lo establece. En las cuestiones presentadas con anterioridad algunos jueces han seguido adelante con los procesos para evitar males mayores. Precisamente la paralización de todos estos procesos quema los dedos a los magistrados del Tribunal, que temen que pueda ocurrir una desgracia a alguna de las víctimas a las que afectan los procedimientos suspendidos".
Terrible la violencia ejercida sobre las mujeres. Pero realmente ¿ésta medida discriminatoria es la forma de acabar con ella? Se pueden retorcer los razonamientos hasta tal punto que se pase por encima de esa igualdad fundamental ante la ley por razón de sexo, raza, religión o ideologia? ¿Se puede hasta ignorar la voz de algunas mujeres para las cuales una hiperprotección legal por encima de la media es otro intento machista más de menospreciarlas con una supuesta debilidad que ellas mismas se niegan a admitir? ¿Por qué este tipo de delitos han de ser más castigados que cualesquiera otros?
Y sobre todo, y ante todo, ¿ante qué panorama se encuentran los hombres jóvenes de nuestro tiempo? Frente a la posibilidad no remota de ir a la cárcel por cometer lo que en otro caso habría sido una simple falta, frente a la posibilidad no remota de perder casa, hijos y patrimonio... ¿No aumentará cada día más el número de chicos que como suelen decir despectivamente las chicas "no quieren comprometerse" por si acaso vienen mal dadas?
Y un aviso para navegantes: ¿Cuántas se animarán a hacer lo que acaso llevan mucho tiempo pensando hacer, cuando sepan que quizá como mucho les cueste pagar una multa no mayor que las de tráfico? Chicos, cuidado con lo que sucede a vuestras espaldas.