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| Charlas Todo menos sexo. Este es el lugar para conversar sobre todo aquello ajeno al sexo. Lugar de reunión para confraternizar. |
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| | #1 |
| Rol: Dominante Sexo: Hombre Localización: Madrid Fecha de Ingreso: Oct 2005
Mensajes: 492
| Transcribo del diario El País. "El Constitucional se inclina por avalar la ley integral de Violencia de Género El Tribunal apoyaría que los hombres tengan castigos más duros por agredir a las mujeres - Hoy votará la primera de las 180 cuestiones de inconstitucionalidad JULIO M. LÁZARO - Madrid - 15/04/2008 El Pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto votar hoy la primera de las cuestiones de inconstitucionalidad sobre la redacción que la ley integral de Violencia de Género dio al artículo 153.1 del Código Penal, que marcaría la doctrina a seguir en las alrededor de 180 consultas de este tipo elevadas al alto tribunal por magistrados y jueces de toda España. En dichas cuestiones se pide al Constitucional que se pronuncie sobre el agravamiento penal para los hombres establecido en la Ley Integral contra la Violencia de Género, aunque el trasfondo de la resolución no es otro que la mayor sanción penal de la violencia machista. El Tribunal cree que la agresión del varón es más frecuente y reprobable Según fuentes del Constitucional, el Tribunal se inclina mayoritariamente por la constitucionalidad de la ley, aunque habrá que esperar al pleno de hoy para ver si finalmente se adopta una resolución, ya que es la segunda vez que se delibera la cuestión y en la ocasión anterior se encomendó al ponente, Pascual Sala, la reelaboración de la ponencia. Frente a la posibilidad de hacer una sentencia interpretativa, el Tribunal se inclina por desestimar la cuestión por entender que el acento debe ponerse en el mayor desvalor que supone la conducta del hombre que maltrata a su pareja. El distinto tratamiento penal se justificaría no en una discriminación positiva porque la mujer sea especialmente vulnerable, sino porque el desvalor de la conducta del maltratador es más reprobable y además es más frecuente. El Tribunal tiene pendiente de resolver alrededor de 180 cuestiones de inconstitucionalidad contra los artículos 171.4, 153.1, 172.2 y 57. 2 del Código Penal, en la redacción dada a estos artículos por la ley integral de Violencia de Género. La que se ve hoy, en concreto, es la primera de las interpuestas, por una juez de lo penal de Murcia. También tiene que pronunciarse sobre las medidas previstas en el artículo 57.2 y relativas a la prohibición de residencia, medidas de alejamiento, prohibición de comunicarse con la víctima y posibilidad de control electrónico introducidas con anterioridad a la ley de Violencia de Género socialista por el ministro del PP José María Michavila. El artículo 153.1 del Código Penal castiga al que cause "menoscabo psíquico", o una "lesión no definida como delito" o "golpee o maltrate de obra sin causar lesión", y la ofendida sea o haya sido esposa o mujer que esté o haya estado ligada al maltratador por relación de afectividad aun sin convivencia, o una persona especialmente vulnerable que conviva con él. Las penas a imponer son de prisión de seis meses a un año o trabajos en beneficios de la comunidad de 31 a 80 días y, en todo caso, privación de portar armas de uno a tres años, y cuando el juez lo estime adecuado, la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, guarda, etcétera hasta cinco años. Esas mismas penas se imponen por "amenazas leves" (artículo 171.4) y a quien "de modo leve coaccione" (artículo 172.2) a la esposa, o a la mujer con quien haya convivido el autor de las amenazas o coacciones. La primera cuestión de inconstitucionalidad sobre la que está previsto debatir hoy fue presentada por la juez de Murcia María Poza en el verano de 2005. En síntesis, la consulta de esta magistrada pedía al Tribunal que se pronunciase sobre si el mayor castigo al hombre que a la mujer que maltrata a su pareja viola el principio constitucional de igualdad ante la ley. La decisión del Constitucional tiene paralizados numerosos procedimientos y la totalidad de los que están pendientes desde que se produjo la reforma de la ley orgánica del Tribunal Constitucional de mayo de 2007, puesto que ésta así lo establece. En las cuestiones presentadas con anterioridad algunos jueces han seguido adelante con los procesos para evitar males mayores. Precisamente la paralización de todos estos procesos quema los dedos a los magistrados del Tribunal, que temen que pueda ocurrir una desgracia a alguna de las víctimas a las que afectan los procedimientos suspendidos". Terrible la violencia ejercida sobre las mujeres. Pero realmente ¿ésta medida discriminatoria es la forma de acabar con ella? Se pueden retorcer los razonamientos hasta tal punto que se pase por encima de esa igualdad fundamental ante la ley por razón de sexo, raza, religión o ideologia? ¿Se puede hasta ignorar la voz de algunas mujeres para las cuales una hiperprotección legal por encima de la media es otro intento machista más de menospreciarlas con una supuesta debilidad que ellas mismas se niegan a admitir? ¿Por qué este tipo de delitos han de ser más castigados que cualesquiera otros? Y sobre todo, y ante todo, ¿ante qué panorama se encuentran los hombres jóvenes de nuestro tiempo? Frente a la posibilidad no remota de ir a la cárcel por cometer lo que en otro caso habría sido una simple falta, frente a la posibilidad no remota de perder casa, hijos y patrimonio... ¿No aumentará cada día más el número de chicos que como suelen decir despectivamente las chicas "no quieren comprometerse" por si acaso vienen mal dadas? Y un aviso para navegantes: ¿Cuántas se animarán a hacer lo que acaso llevan mucho tiempo pensando hacer, cuando sepan que quizá como mucho les cueste pagar una multa no mayor que las de tráfico? Chicos, cuidado con lo que sucede a vuestras espaldas. ![]() |
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| | #2 |
| Rol: sumiso Sexo: Mujer Localización: En los tejados y los bordes de las tapias Fecha de Ingreso: Dec 2006
Mensajes: 457
| El artículo 153.1 del Código Penal castiga al que cause "menoscabo psíquico" O sea que pongo de patitas en la calle a mi pareja y el me dice "Tia, devuélveme al menos el pack de dvd aniversario de la guerra de las galaxias y el sable de luz que me regalaste, ¿o es que quieres usar el sable de consolador?". Yo grito... "¡Socorrrrrrrooooo Policiaaaaaa, que este hombre me esta menoscabando psiquicamente!, ¡Me ha ofendido! " Y lo puedo mandar a la cárcel por seis meses... ¿Quien define lo que es menoscabo psíquico? "lesión no definida como delito" Si no esta definida como delito ¿Como puede ser delito? francamente no entiendo nada. "golpee o maltrate de obra sin causar lesión" O sea que ya no sera necesario que una se arañe la cara o que me de con una tabla en un ojo para acudir a comisaria y decir "policía, mi marido me maltrata", ya no sera necesario ni siquiera la presencia de un forense que dictamine que esa señora se lo ha hecho ella misma. No hay lesión, no hay nada que lo demuestre pero es mi palabra y si yo digo que el me ha empujado, me ha menoscabado psicamente porque cuando follamos "fijese señor juez, a que grado de depravacion me somete...¡Me llama puta!, y pretende que es que eso me pone... snif, snif, me ha dicho que o si no le hago croquetas para comer....¡Soy una cabrona!... snif, snif"... y ya esta... Ya lo he jodido totalmente, si tenemos hijos resulta que le doy donde mas le duele, tengo todas las armas en las mano para impedir que se acerque a ellos. Le puedo mandar a la cárcel durante un tiempo y dejarle en fin con un trapito alante y otro atras... no que va... eso era hasta ahora. Ahora le dejo en cueros y sin trapitos siquiera Bien... un paso mas hacia el feminazismo autoritario. Por el amor de dios, que no me protejan y que no me salven que yo me protejo y me salvo muy bien sólita. |
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| | #3 |
| Rol: Dominante Sexo: Hombre Localización: Madrid Fecha de Ingreso: Oct 2005
Mensajes: 492
| Tienes toda la razón, gata. Lo dices con mucho humor, pero el trasfondo es totalmente serio. Y es que para este viaje no necesitábamos alforjas. Realmente, para muchas mujeres esta protección que pretende menoscabaros como personas hace cierta aquella famosa frase de "con semejantes amigos, ¿quién necesita enemigos?" |
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| | #4 |
| Rol: Switch Sexo: Hombre Fecha de Ingreso: Aug 2006
Mensajes: 1.672
| Pues... ¿qué más puedo decir que no hayáis dicho vosotros? Ahora mismo no se me ocurre nada así que sólo deciros que estoy de acuerdo con vosotros. Saludos cordiales a los dos, tTiger |
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| | #5 |
| Rol: sumiso Sexo: Mujer Fecha de Ingreso: Dec 2006
Mensajes: 199
| Y ahora que estoy leyendo a Juan salvador Gaviota volveis a rebelion en la granja? Algun sector de la poblacion femenina estara dando saltos de alegria con esa avaliacion de ley. Yo por mi parte declaro que si asi vamos igualando mejor sigo siendo... puoutopica. |
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| | #6 |
| Rol: Dominante Sexo: Hombre Localización: Madrid Fecha de Ingreso: Oct 2005
Mensajes: 492
| "El silencio clamoroso de estos espacios infinitos me espanta..." (Galileo, creo, mirando a través de su primitivo telescopio) (Yo, observando qué escasa respuesta merece el tema, previendo en consecuencia que quizá acabaremos como nos merecemos) ![]() |
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| | #7 |
| Rol: Switch Sexo: Hombre Fecha de Ingreso: Aug 2006
Mensajes: 1.672
| Es fácil de explicar: falta de decisión de unos, por un lado, y oportunismo y afán de aprovecharse de la situación de otros, por otro. Saludos cordiales, tTiger |
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| | #8 |
| Rol: Dominante Sexo: Hombre Localización: Madrid Fecha de Ingreso: Oct 2005
Mensajes: 492
| Supongo que este post va a tener la misma entusiástica y general acogida que el anterior , pero hay que ser coherente. Al fin las feminazis lo han logrado. Allá va."LA VANGUARDIA 14/05/2008| Actualizada a las 19:52h Madrid. (Agencias).- El Tribunal Constitucional ha avalado por 7 votos a 5 la constitucionalidad del artículo 153.1 del Código Penal modificado por la ley de violencia de género y que permite elevar las penas en los casos en los que el varón sea el agresor y la mujer la víctima, según informaron fuentes de este órgano. La resolución del Pleno del TC obedece a una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia, María Poza, al mencionado artículo. La duda de la juez se sustentaba en la posible violación del principio de igualdad ante la ley (artículo 14 de la Constitución). La magistrada entiende que el autor de maltrato sólo puede cometerlo un varón que agreda a quien es o fue su pareja femenina, mientras que en el resto de supuestos -sobre todo cuando es la mujer la que daña al hombre-, el delito se corresponde con el artículo 153.2 del Código Penal, con una pena de prisión menor (de 3 meses a 1 año en vez de los 6 meses a un año). Los magistrados que han votado en contra de la propuesta pertenecen todos al denominado 'bloque conservador' y son Roberto García-Calvo, Vicente Conde, Javier Delgado, Jorge Rodríguez-Zapata y Ramón Rodríguez-Arribas, que han anunciado la redacción de un voto particular. Por contra, avalaron la norma la presidenta y el vicepresidente del alto tribunal, María Emilia Casas y Guillermo Jiménez, respectivamente; además de los magistrados Manuel Aragón, Elisa Pérez Vela, Eugeni Gay, Pablo Pérez-Tremps y Pascual Sala, que es el ponente de la resolución. El resultado de la votación revela "cierta ruptura" en el bloque conservador' del TC, dado que Jiménez se ha desmarcado en este asunto de la postura defendida por el resto de los magistrados de su misma tendencia -al contrario de lo que venía ocurriendo en casos recientes, como el de las recusaciones de cara a la discusión sobre el Estatut de Catalunya-, y ha avalado la norma junto con los seis magistrados considerados 'progresistas'. El texto del acuerdo, junto con los votos particulares, serán hechos públicos en los próximos días. La Presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica del Consejo General del Poder Judicial, Montserrat Comas, se ha felicitado por la sentencia del Tribunal Constitucional. Comas considera que la sentencia supone "un hecho histórico de extraordinaria magnitud", teniendo en cuenta que el Alto Tribunal tiene la última palabra en materia de constitucionalidad de las leyes y avala los preceptos penales modificados por la Ley. En este sentido, advierte que la norma fue aprobada por unanimidad por el Parlamento y "ha supuesto una propuesta innovadora y firme del conjunto de las fuerzas políticas para erradicar una de las manifestaciones más brutales de la violencia contra las mujeres". Según Comas, la constitucionalidad de la reforma en materia penal abordada por la Ley Integral "ha sido el criterio abrumadoramente mayoritario de los órganos jurisdiccionales españoles", puesto que las dudas "sólo han sido suscitadas por 16 órganos judiciales, respecto de los 835 órganos judiciales competentes en su aplicación" "Son los Juzgados y Tribunales que, durante casi tres años, han aplicado con normalidad en el día a día la parte penal de la Ley Integral sin dudar acerca de su adecuación a la Constitución", añadió. Por ello, cree que la sentencia contribuirá a "desactivar la respuesta organizada por parte de algunos sectores de la sociedad deseosos de impedir la consolidación de los derechos reconocidos a las mujeres y el impulso de la respuesta coordinada" contra este problema. La ministra de Igualdad, Bibiana Aido, también ha elogiado la decisión del Tribunal y ha manifestado su "enorme satisfacción" y ha considerado que gracias al fallo "se despeja cualquier duda que pudiesen tener los jueces sobre la constitucionalidad" de esta norma. Aido señaló que "a partir de este fallo, el resto de los jueces deben dar la protección que las mujeres estaban esperando", especialmente, las implicadas en los casos que han suscitado los distintos recursos de inconstitucionalidad planteados al texto. "Todos juntos de forma unánime, caminando en la misma dirección podremos conseguir poner fin a esta intolerable lacra social", concluyó la ministra. Por su parte, la portavoz de Igualdad del PP en el Congreso, Sandra Moneo, ha expresado su respeto a la decisión del Tribunal pero ha reclamado al Gobierno que tome medidas para acabar con la "sangría" que supone este problema. Tras expresar el respeto "escrupuloso" de los populares a esa sentencia, ha asegurado que su grupo tiene en estos momentos otras "preocupaciones" y es que las mujeres siguen muriendo. "Esta sangría tiene que acabar", ha destacado, antes de señalar que el Gobierno tiene que asumir su responsabilidad y "poner encima de la mesa medidas para paliar la violencia que sufren las mujeres en este país". El PSC también ha celebrado la decisión y en un comunicado, la secretaria de Mujeres del PSC, Lourdes Muñoz, ha asegurado que, "una vez más, las leyes que promueven la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres son avaladas por el TC". "Nos complace profundamente que también el TC esté en esta misma línea", señaló. Dicha norma, consideró Muñoz, "fue la primera ley impulsada por el Gobierno socialista en la anterior legislatura y al inicio de ésta es avalada". Por su parte, la Confederación Estatal de Madres y Padres Separados ha manifestado su "indignación" que "criminaliza" al hombre. Esta asociación criticó que "la ideología subyacente" en esta norma "está logrando perpetuar el estereotipo de la mujer desvalida, al prejuzgar a todas son víctimas". "La norma resulta claramente discriminatoria para las propias mujeres, a quienes se considera, por el mero hecho de ser mujeres, inferiores a los hombres en la relación de pareja", agrega. 127 cuestiones de inconstitucionalidad A 6 de marzo de 2008, el Constitucional había admitido a trámite 127 cuestiones de inconstitucionalidad sobre este precepto legal a cargo de doce jueces, de los 835 competentes en asuntos de violencia machista que hay en España. Desde la aprobación de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se han presentado casi 200 cuestiones de inconstitucionalidad, de las que el Constitucional ha admitido a trámite las mencionados 127 en relación al artículo 153.1. El resto de las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas se refieren a los artículos 171.4, 172.2 y 148.4 del Código Penal que también fueron modificados por la ley de Violencia de Género, y que establecen un agravamiento de las penas por lesiones o amenazas en caso de que el agresor sea un varón. 13 jueces han interpuesto otras 60 cuestiones de inconstitucionalidad sobre tres artículos de esta misma Ley. De este modo, once jueces plantearon 56 cuestiones al artículo 171.4 del Código Penal, que fija que "el que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa", o quien esté o haya estado ligado a una mujer "por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días". Además, este precepto legal regula que los condenados serán privados del derecho a tener armas por un tiempo de entre uno y tres años y podrán, cuando el juez lo estime, ser inhabilitados por un máximo de cinco años para el ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos. A su vez, tres jueces han manifestado sus dudas sobre la constitucionalidad del artículo 172.2 del Código Penal, que añade al anterior punto que la pena que impondrá el juez al maltratador será "en su mitad superior cuando el delito se perpetre en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realice quebrantando una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza". Por último, se ha presentado una cuestión más a la parte del artículo 148.4 que distingue, a la hora de imponer la pena, "si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aún sin convivencia". La Ley contra la Violencia de Género entró en vigor el 22 de diciembre de 2005, aunque su capítulo penal y judicial no tuvo vigencia hasta seis meses después. Hasta la fecha, los juzgados de violencia de género han dictado 49.561 sentencias; los juzgados de lo Penal 41.044 y las Audiencias Provinciales 400, han recordado fuentes del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial. El aumento de las penas en los casos en que el agresor fuera un varón resultó ser uno de los puntos que generaron una mayor polémica durante la tramitación parlamentaria de la norma, apoyada de forma unánime por los grupos políticos". La cosa se comenta por sí sola. Cuidadito, chicos, cuidadito. En nuestro caso, más aún. Y otra cosa más. ¿Apostamos a que el mal que trata de corregir no va a desaparecer? Al tiempo. |
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| | #9 |
| Rol: Switch Sexo: Hombre Fecha de Ingreso: Aug 2006
Mensajes: 1.672
| Sin duda, una noticia triste. Yo voy a reflexionar, y quizá de paso meto los dedos en la llaga. Estos feminazis pretenden adoctrinar a la sociedad para que la gente tenga siempre presente que todas las mujeres son potenciales víctimas y que sospeche a priori de todos los hombres porque son potenciales culpables. Además, todos aquellos que defienden esta postura son en realidad unos neo-machistas, posiblemente sin pretenderlo, porque fomentan la desigualdad considerando inferior a la mujer ya que la consideran incapaz de asumir la misma responsabilidad que el hombre por los mismos actos. Si la mujer es igual que el hombre, ¿por qué merece un trato desigual? Además, ahora discutes con una mujer con la que sales y le dices en medio de la trifulca "te vas a enterar, no te jode" y te regalan pena de prisión de seis meses a un año ¿y yo para qué quiero estar con una mujer tan incapaz que necesita al Estado en una discusión? Para eso que se quede con su papi en casita. Sus contradicciones son piedras contra su propio tejado porque el mal no va a desaparecer sino posiblemente al contrario, se agrave. No sólo en cuanto a delitos graves, sino en cuanto a que los hombres cada vez tengan menos interés en comprometerse en nada que se parezca a una relación de pareja. Saludos cordiales, tTiger |
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| | #10 |
| Rol: Dominante Sexo: Mujer Localización: Valencia/España Fecha de Ingreso: May 2006
Mensajes: 29
| Una preguntita… Vosotros, los que levantáis la voz airados en contra de la resolución del TC sobre la ley de violencia de género, o los que la levantasteis sobre la ley ¿A que nunca habéis estado metidos dentro de una relación de pareja donde el maltratrato, ya sea físico o psicológico, sea el día a día? ¿A que no tenéis ni puta idea de lo que supone para una mujer vivir ese infierno? ¿Verdad que nunca habéis tenido que esconder unos morados por que la vergüenza te impide mostrarlos? ¿Habéis vivido, vosotros, muertos de miedo cada vez que unas llaves abren la puerta de tu casa? ¿Cada vez que se empieza una discusión? ¿Todas y cada una de las veces que un hombre te mira al cruzarse contigo? Vosotros no tenéis ni puta idea. ¿Sabéis lo que es la dependencia emocional? ¿El estado psicológico de una mujer maltratada? Pues claro que es inferior al hombre, pero por que él se ha ocupado de que sea así. Un maltrato no es cosa de un día. Hasta que llega el primer bofetón ha habido un tiempo indeterminado de humillaciones, vejaciones, insultos. Separación de la mujer con sus vínculos afectivos, familia y amigos. ¿Estáis tratando de decirme que esa mujer es igual que vosotros? Y una mierda. Y si, ese tipo de hombres merecen ese tipo de leyes, discriminatorias, vejatorias. Y tienen suerte de que no soy yo la que hace las leyes, porque, sinceramente, instauraría la cadena perpetua. Y no voy a entrar a discutir sobre las falsas denuncias, porque es absurdo. El porcentaje esta en torno al 10%, exactamente igual que en cualquier otro tipo de delito. Leo |
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